
La comisión unida de Seguridad y Gobierno aprobó en su totalidad el articulado del proyecto de Ley de Seguridad Municipal, dejando la iniciativa lista para ser debatida en la Sala.
“La iniciativa entrega una nueva institucionalidad para los municipios con algunas medidas coadyuvantes a Carabineros de Chile, fundamentalmente en materia de control y colaboración, pero también fortaleciendo medidas en torno a la fiscalización que es tarea fundamental de los municipios”, indicó el senador José Miguel Durana, presidente de la Comisión de Seguridad Pública.
Dentro de los puntos más analizados y debatidos, estuvo la aprobación de una indicación que habilita el uso de armas no letales, como pistolas taser, por parte de los inspectores municipales. Estos dispositivos serán definidos mediante un reglamento otorgado por el Ministerio de Seguridad Pública.
Cabe señalar que podrían incluirse esposas, bastones retráctiles, chalecos anticorte, cascos, lentes de protección y eventualmente elementos lacrimógenos de efecto puntual -como gas pimienta- o de aire comprimido y su uso se restringirá sólo a labores de defensa personal y no para el control de orden público.
La subsecretaria de Prevención del Delito, Carolina Leitao, recalcó que se podrán usar todos los elementos, menos los de la ley de armas, salvo, lacrimógenas elaborados con ingredientes naturales y, en ningún caso, se podrán usar de manera disuasiva o control público; además el uso de registro audiovisual corporal será facultativo.
Sobre el requerimiento de identidad, este solo podrá ser efectuado por Carabineros ya que el rol municipal es preventivo, pero cuando los guardias de seguridad cursen infracciones, estarán facultados para requerir la exhibición de un documento que compruebe la identidad de las personas. De no ser posible, deberán comunicarse con Carabineros.
El proyecto contempla además una nueva función para que los municipios fiscalicen e incauten mercancías del comercio ambulante, sin necesidad de proximidad territorial con la policía. Esto requerirá una coordinación estratégica a través de directrices generales en el Comité Operativo Policial, sin especificar procedimientos para cada caso.