
En un hecho sin precedentes en la historia de la comuna de Huara, la Corte de Apelaciones de Iquique dictó un fallo que obligó al Concejo Municipal a pronunciarse sobre el pago de la Asignación de Mejoramiento de la Gestión Municipal (PMG) 2024 a tres funcionarios que habían cumplido todos los requisitos legales.
La resolución, rol N° 1326-2025 del 23 de julio de 2025, sienta un antecedente histórico al confirmar que el derecho a percibir este beneficio no puede ser negado arbitrariamente por los concejales.
Antecedentes del conflicto
El conflicto surgió a raíz de las sesiones celebradas en mayo de 2025, cuando los concejales de Huara rechazaron el pago de la PMG a Natalia Gladys Bartolo Vinaya, Roberto Segundo Henríquez Heimpeller y el alcalde José Andrés Bartolo Vinay, pese a que el informe técnico de la Unidad de Control Municipal acreditaba el cumplimiento del 100% de las metas institucionales exigidas por la Ley N°19.803.
Las concejalas Maribel Mamani Vilca y Lorena Baltazar Lucay, junto al concejal Joaquín Flores Moscoso, justificaron su negativa alegando la falta de entrega de informes trimestrales, la exclusión de personal a honorarios y el alto nivel de remuneraciones del personal, motivos que los recurrentes argumentaron carecían de sustento legal y no se encuentran contemplados en la ley.
Por su parte, el alcalde titular, José Bartolo V., se abstuvo de votar debido a un conflicto de interés familiar, dejando sin quórum la aprobación para él y sus familiares.
Los recurrentes denunciaron que estas decisiones vulneraban los derechos constitucionales de igualdad ante la ley y derecho de propiedad, pues estaban en la misma situación que otros funcionarios que sí recibieron la asignación.
La intervención judicial y el fallo de la Corte
Ante esta situación, los funcionarios afectados presentaron un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Iquique, argumentando que la negativa del Concejo Municipal era ilegal y arbitraria. La Corte determinó que:
- La PMG no es un beneficio discrecional, sino reglado por ley, condicionado al cumplimiento de metas verificadas y la existencia de presupuesto.
- El Concejo solo puede evaluar el grado de cumplimiento de metas basado en el informe técnico de la Unidad de Control Municipal.
- Las razones subjetivas o ajenas a la ley, como la falta de informes o nivel de remuneraciones, constituyen actos arbitrarios que vulneran los derechos de los funcionarios.
El fallo ordenó celebrar un Concejo Extraordinario donde se debía pronunciar sobre el informe de la Unidad de Control Municipal y proceder a evaluar y sancionar el cumplimiento de metas según los criterios objetivos de la Ley N°19.803.
Sesión histórica: discursos y votos de los concejales
El Concejo Extraordinario N°17/2025, realizado tras la sentencia, se convirtió en un hecho histórico en Huara. Cada concejal expresó su voto y fundamentación, reflejando un cumplimiento estricto del mandato judicial:
- Joaquín Flores Moscoso abrió la sesión declarando:
«Como concejal de Huara, mi actuar siempre se ha enmarcado en la legalidad vigente. Las decisiones adoptadas en sesiones anteriores se fundamentan en la ausencia de información técnica completa, situación reconocida por la Corte. Con los antecedentes técnicos ahora presentados y el cumplimiento del mandato judicial, mi voto será conforme a la Ley 19.803 y las metas verificadas.»
- Lorena Baltazar Lucay afirmó:
«Como concejala, he ejercido mi función con estricto apego a la ley. Ahora, con los antecedentes técnicos completos y cumpliendo el fallo judicial, apruebo la asignación de mejora de gestión municipal 2024 para los funcionarios afectados. Solicito que esta fundamentación se incorpore íntegramente al acta.»
- Maribel Mamani Vilca agregó:
«Habiendo recibido la ilustración jurídica ordenada por la Corte y los antecedentes técnicos completos, mi voto aprueba el pago de la PMG. La transparencia y legalidad prevalecerán siempre, y los criterios objetivos de la ley se cumplen plenamente.»
- Raúl Uribe y Narciso Relos Esteban coincidieron, subrayando que existía certificación de disponibilidad presupuestaria y que las metas institucionales se habían alcanzado según lo establecido por la ley.
- Edmundo Cáceres Ibáñez reiteró su aprobación, señalando la necesidad de evitar que situaciones similares se repitan en el futuro, fortaleciendo el rol de control de la Unidad de Control Municipal.
La sesión culminó con la aprobación unánime de la asignación de mejora de gestión 2024 para los funcionarios, respetando estrictamente los criterios técnicos y legales definidos por la Ley N°19.803 y la sentencia de la Corte.
Un precedente histórico para la gestión municipal
Este hecho constituye un hito histórico en la comuna de Huara: por primera vez, la Corte obliga a un Concejo Municipal a cumplir con un mandato judicial relacionado con la PMG, asegurando que los derechos de los funcionarios sean respetados y que los criterios de evaluación sean objetivos y técnicos, no arbitrarios ni discrecionales.
Expertos en derecho municipal destacan que este fallo refuerza la importancia de la transparencia y la legalidad en la gestión local, estableciendo un precedente para futuras controversias sobre asignaciones salariales y cumplimiento de metas en municipios de todo Chile.
Con la sesión extraordinaria realizada y la asignación finalmente aprobada, la comuna de Huara cierra un capítulo de conflicto y abre una nueva etapa marcada por la claridad, legalidad y respeto a los derechos de los funcionarios municipales.
Revisa el fallo completo aquí: