
El Hospital Regional Dr. Juan Noé Crevani de Arica fue condenado por el Segundo Juzgado de Letras tras constatarse la discriminación sufrida por un menor de 9 años con «TEA».
A pesar de conocer el diagnóstico de TEA severo (Trastorno del Espectro Autista, una condición del neurodesarrollo que afecta la comunicación, el comportamiento y la interacción social), el centro de salud no implementó los ajustes necesarios, lo que llevó al juez Gonzalo Quiroz Espinoza a acoger la acción judicial y sancionar con una multa de 50 UTM.
El fallo judicial planteó cinco hechos controvertidos, si el niño presentó una crisis emocional durante la atención médica, si el médico usó expresiones inapropiadas como “consentido” o “mañoso”, si se ignoró la solicitud de la madre de postergar el examen, si se usó fuerza sin el consentimiento del menor y si hubo consecuencias psicológicas posteriores atribuibles a ese acto.
Se concluyó en la resolución que el niño presentó angustia y desregulación conductual durante la atención médica del 8 de octubre de 2024. Pese a la solicitud de la madre para postergar el examen, el médico continuó con la atención, lo que derivó en síntomas de trauma y evitación médica, según el informe psicológico y los reclamos presentados.
Además, el fallo estableció que el niño sufrió un daño emocional significativo, demostrado por la interrupción de sus atenciones médicas y signos de regresión, lo cual fue respaldado por diversos testimonios e informes, confirmando así una afectación a sus derechos.
El Tribunal resolvió acoger la acción de no discriminación arbitraria presentada en representación de un menor contra el Hospital Regional Dr. Juan Noé Crevani de Arica, tras determinar que el recinto no adoptó los ajustes razonables durante la atención del niño el 8 de octubre de 2024. Esta omisión fue calificada como una discriminación arbitraria conforme al artículo 2 de la Ley Nº20.609.
Como consecuencia, se ordenó al hospital implementar medidas urgentes para establecer protocolos de atención inclusiva dirigidos a niños con Trastorno del Espectro Autista (TEA) y condiciones similares. Estas acciones deberán incluir capacitaciones obligatorias para el personal médico y administrativo, especialmente en las áreas de Pediatría y Nefrología. Además, se impuso al hospital una multa de 50 UTM y el pago de las costas del proceso.