Álvaro Elizalde, ministro Secretario General de la Presidencia (Segpres) confirmó la noticia. Y es que La Moneda resolvió vetar al proyecto de elecciones en dos días, que se planeaba aplicar para los comicios de octubre, luego de que el Senado rechazara el informe de la comisión mixta.
“El Presidente de la República ha decidido que como Gobierno vamos a vetar esta iniciativa. El detalle técnico lo vamos a entregar una vez que se haya realizado el estudio correspondiente”, señaló el ministro Elizalde.
Pero ¿qué significa este veto?
De acuerdo con lo se señalado por el secretario de Estado, este veto sería de carácter aditivo, pues “es básicamente un veto para establecer una sanción a los ciudadanos que no cumplan con la obligación constitucional de participar en las elecciones”, definió Elizalde.
“Lo que nosotros hemos establecido es la necesidad de reponer el sentido del proyecto a través de la iniciativa que se maneja”, planteó.
Así, este veto intentará regular los aspectos que quedaron, de acuerdo con el Ejecutivo, de forma “inconexa regulados” o “en forma insuficiente”.
En tanto, se espera que luego de la semana distrital, planificada para el 22 de julio, sea presentado el veto y que su aprobación se vea durante ese mismo periodo en ambas cámaras, según manifestó el ministro.
¿QUÉ ES UN VETO PRESIDENCIAL?
El veto es una atribución del Presidente de la República y con ella puede rechazar o modificar algún aspectos de un proyecto de ley.
Eso sí, se puede hacer uso de esta atribución siempre luego del término del trámite en el Congreso, pero antes de que sea promulgada.
Existen vetos de tres características: aditivo, que agrega elementos al texto; sustitutivo, que le quita particularidades, y supresivo, que rechaza la totalidad del proyecto.