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FORMALIZACIÓN FERIAS LIBRES: UNA MEDIDA QUE MARCA UN ANTES Y UN DESPUÉS PARA EL COMERCIO POPULAR EN CHILE

  • Este proceso comienza a materializarse. Con la publicación en el Diario Oficial el pasado 22 de mayo, se promulgó la Ley 21.745, que establece un régimen tributario exclusivo para quienes trabajan en este rubro, y que promete ordenar, formalizar y entregar certezas tanto a los trabajadores como al Estado.

La nueva normativa crea un régimen especial con una tasa única del 1,5% sobre las ventas realizadas mediante pago electrónico, lo que busca incentivar la bancarización y modernización del comercio ambulante regulado. Para acceder a este beneficio, los feriantes deberán cumplir con dos requisitos esenciales: contar con sus permisos municipales al día y estar inscritos ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) en la categoría de “ferias libres”.

Un punto relevante (esperado por el gremio) es que los feriantes acogidos a este régimen serán liberados de presentar declaraciones de impuestos. Así lo estipula el artículo 35 de la Ley 21.745, que indica que las personas naturales dedicadas a la venta de bienes en ferias libres “quedarán liberadas de presentar todo tipo de declaración de impuestos respecto de los hechos gravados por esta ley”. Sin embargo, esta exención no es compatible con otros regímenes tributarios; por ejemplo, quienes opten por este beneficio no podrán acogerse simultáneamente al régimen simplificado general del IVA.

En cuanto a la fiscalización y aplicación del nuevo sistema, la ley establece una coordinación entre varios actores. En este sentido, los operadores de pago digitales actuarán como agentes retenedores automáticos del impuesto, con la obligación de declarar y transferir mensualmente lo recaudado. 

Por otra parte, las municipalidades deberán informar al SII sobre los nuevos registros, bajas y modificaciones de los feriantes inscritos, lo que refuerza el vínculo entre la autoridad local y el sistema tributario nacional.

La entrada en vigencia está fijada para el 31 de diciembre de 2025. De aquí a esa fecha, se abre un período crucial de regularización para todos los feriantes interesados en formalizar su actividad. Aquellos que no lo hagan y continúen operando con sistemas de pago no autorizados, se arriesgan a la revocación de sus patentes, ya que el SII podrá eliminar sus registros. Además, será esta misma institución la encargada de fiscalizar el cumplimiento efectivo de la ley.

En definitiva, la Ley 21.745 representa un paso firme hacia la modernización del comercio en ferias libres, un sector clave para la economía informal del país. Ahora, el desafío será lograr que esta transición se haga de forma inclusiva, justa y con un fuerte acompañamiento a los feriantes, para que nadie quede al debe.

Rocío Jiménez

Periodista licenciada en Comunicación Social, con mención en Gestión Cultural.

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