
La Corte Suprema ratificó una sentencia clave que obliga a una beneficiaria de Arica a restituir el subsidio habitacional recibido en 2023, en un monto que supera los $50 millones (correspondiente a 1.278,69 UF, más reajustes e intereses), al confirmar que no cumplió con la obligación de habitar personalmente la vivienda adquirida con fondos estatales. El máximo tribunal ratificó la orden de restitución del subsidio al Serviu, desestimando la ocupación por parte del hijo de la demandada.
En ese sentido, el proceso de cobro ejecutivo fue iniciado por el Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu) de Arica, tras tres fiscalizaciones realizadas en 2024 que constataron que la mujer no residía en el departamento, ubicado en el conjunto Vista Horizonte. La beneficiaria intentó alegar que su hijo ocupaba el inmueble y formaba parte del grupo familiar.
Sin embargo, las instancias judiciales desestimaron su defensa. El Tercer Juzgado de Letras de Arica, a cargo del juez Julio Aguilar Bustamante, determinó que: «El hijo no figuraba en la declaración de núcleo familiar al momento de postular y que la mujer no justificó sus ausencias en sede administrativa, ordenando continuar la ejecución del cobro.»
De este modo, la Corte de Apelaciones de Arica confirmó íntegramente este fallo en agosto de 2025. Finalmente, la Primera Sala de la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de forma y rechazó el de casación en el fondo, dejando firme la sentencia.
Por lo tanto, el máximo tribunal concluyó que la defensa no desarrolló correctamente los fundamentos de derecho necesarios para impugnar la sentencia, confirmando que la beneficiaria incumplió la obligación legal.
Con esta resolución, se ordena seguir adelante con la ejecución hasta el pago total del subsidio, sentando un precedente sobre el cumplimiento de la Ley N°17.635.







