
La Sala de la Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto que modifica la Ley 18.290 de Tránsito, con el fin de regular la obtención y cancelación de licencias de conducir a las personas que forman parte del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos en el país.
Es así como la Cámara de Diputados informó que la norma que regula la obtención y la cancelación de la licencia de conducir fue aprobada en general y devuelta a la comisión técnica, esto con respecto a las personas que están inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
En concreto, la propuesta que volverá a la Comisión de Mujeres con algunas indicaciones establece que se refuerce el cumplimiento de las obligaciones alimentarias en beneficio de niños, niñas y adolescentes.
Ante ello se establece que, para obtener una licencia de conducir, será requisito no figurar en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, teniendo la condición de verificar en línea si existe deuda pendiente o alguna restricción por el solicitante de la licencia de conducir. En caso de existir una resolución judicial que lo autorice, la licencia podrá ser emitida con vigencia limitada, conforme a lo indicado en dicha resolución.
También el proyecto fija que los Departamentos de Tránsito y Transporte Público Municipal deberán realizar una revisión mensual del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, todo esto para identificar si las personas inscritas y con domicilio en la comuna mantienen una licencia de conducir vigente.
Si se constata alguna irregularidad el director del departamento deberá notificar la cancelación administrativa de la licencia, notificando al titular de la licencia de conducir por medios electrónicos o mediante carta certificada.
Otro punto que se incorpora es la regulación de la cancelación de licencias de conducir en los casos en que la persona hayan sido inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, ya sea antes o después de la emisión del documento.
Además, se impide la renovación de licencias si el solicitante figura en dicho registro al momento de solicitar la prórroga. Ante ello, las cancelaciones deberán informarse al Registro Nacional de Conductores de Vehículos Motorizados, para que se practiquen las anotaciones correspondientes.
Junto con ello, quienes hayan sido afectados por esta medida podrán volver a solicitar una nueva licencia una vez eliminados del registro, sin necesidad de esperar el plazo de dos años exigido para otras causales de cancelación.
Cabe señalar que los diputados lamentaron que 242 municipios han entregado licencias a personas que mantienen deudas alimentarias vigentes, situación que evidencia la necesidad de contar con una legislación más estricta y coherente.
Ante ello, algunos parlamentarios manifestaron su alarma ante la posibilidad que algunas de las personas que estén en este registro se vean afectadas por la medida, interrumpiendo el derecho al trabajo, aludiendo a que a través de la licencia ellos indiquen que a través de ella es su principal fuente laboral.