
La Corte Suprema puso término definitivo a un caso que se extendió por más de una década al confirmar que un panadero y su hijo deberán pagar $20 millones a los padres de un joven que murió tras ser perseguido luego de cometer un asalto en la comuna de Macul, en enero de 2015.
El máximo tribunal rechazó el recurso de casación presentado por la defensa, manteniendo firme la sentencia que atribuye responsabilidad civil a ambos involucrados. De acuerdo con los antecedentes revisados en el proceso, los hechos no correspondieron a una reacción inmediata frente al robo, sino a una acción posterior, en la que el joven fue alcanzado, baleado y además herido con un florete, un arma blanca similar a una espada.
La Primera Sala —integrada por los ministros Arturo Prado, Mauricio Silva, María Angélica Repetto, Mario Carroza y el abogado integrante Álvaro Vidal— señaló que los jueces que llevaron el caso en instancias previas actuaron conforme a derecho al calificar el actuar del panadero y su hijo como una conducta dolosa, descartando errores en la evaluación de las pruebas.
El fallo enfatiza que el recurso de casación no permite reexaminar la dinámica ya acreditada de los hechos, sino solo revisar la correcta aplicación de la ley. Al no advertirse fallas jurídicas, el tribunal concluyó que los hechos fijados en el juicio quedan “inamovibles”.
La indemnización, establecida por daño moral, deberá ser pagada a los padres del fallecido, considerando que, pese a que el joven había cometido un delito, la reacción de los sentenciados excedió los márgenes legales y derivó en un acto ilícito que provocó un perjuicio a la familia.
Con esta resolución, queda completamente cerrada la vía judicial del caso, manteniéndose la condena fijada previamente por la Corte de Apelaciones de Santiago en julio de 2024.







