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CORTE SUPREMA DESESTIMA RECLAMO POR DEUDA ELÉCTRICA DE 90 MESES: SEC ACTUÓ LEGALMENTE

La Corte Suprema confirmó la decisión que desestimó el reclamo interpuesto contra la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). El máximo Tribunal concluyó que la autoridad actuó dentro de sus atribuciones al no instruir una investigación respecto a la falta de cobro de consumos eléctricos en un condominio, un periodo que se extendió por más de 90 meses y que acumuló una deuda que superaba los $80.000.000. Este fallo ratifica el criterio sobre los límites de la fiscalización estatal.

En ese sentido, el reclamo inicial se había presentado contra la Resolución Exenta N°34457, alegando que la SEC no realizó una investigación efectiva sobre por qué la Compañía General de Electricidad (CGE) dejó pasar tanto tiempo sin emitir cobros. El reclamante argumentó que esta inacción constituía una falta de motivación del acto administrativo y una abdicación de la función fiscalizadora de la SEC, buscando que se sancionara a la empresa distribuidora.

De este modo el fallo ratifica la sentencia previa de la Corte de Apelaciones de Arica, que desestimó la reclamación. Esto se debió a que la deuda original, que se alegaba como no cobrada, fue finalmente dejada sin efecto a favor del reclamante. Por ende, la Corte estimó que el ciudadano ya no tenía la calidad de afectado en los términos estipulados por el Artículo 19 de la Ley N°18.410 para poder recurrir contra la Superintendencia.

La Corte Suprema fue clara al señalar que “(…) sobre la Superintendencia no existe obligación alguna de fiscalizar el no cobro de los servicios prestados por una concesionaria”. De esta forma, el máximo Tribunal concluyó que la SEC no tiene el deber de fiscalizar la falta de cobro, desestimando la alegación de ilegalidad y confirmando que la autoridad actuó dentro de su marco normativo.

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