
La Corte de Apelaciones de Concepción revocó este viernes la resolución impugnada y ordenó la medida cautelar de arresto domiciliario total a imputada como autora de cinco delitos consumados de infanticidio, ilícitos cometidos en fechas indeterminadas entre 2016 y 2024, en la comuna de Los Ángeles, región del Biobío.
En fallo dividido, la Tercera Sala del tribunal de alzada rebajó la cautelar impuesta a Arriagada debido a los antecedentes entregados por la defensa, los que no fueron controvertidos por la Fiscalía, ya que no se presentó a la audiencia.
«Si bien en esta etapa procesal no es posible determinar la concurrencia de cada uno de los presupuestos de algunas eximentes o atenuantes a partir de los hechos que refirió la defensa, también lo es, que es necesario resolver tomando en cuenta cada una de las particularidades del caso y las circunstancias en que se cometieron los ilícitos«, sostiene el documento.
“En este sentido, es importante destacar una historia de violencia física y sexual de la imputada, la que queda de manifiesto en el informe psicológico acompañado, y que no fue controvertido atendido que el órgano persecutor no se presentó a esta audiencia. A ello, cabe sumar, su irreprochable conducta anterior”, añade la resolución.
“Que bajo estos parámetros la Corte ha de definir los presupuestos de peligrosidad que sostuvo la fiscalía en primera instancia, como impedimento para modificar la medida cautelar impuesta, por cuanto si bien existe una formalización por cinco delitos de infanticidio, es lo cierto que las circunstancias personales y psicológicas de la imputada, permiten estimar que la prisión preventiva no es proporcional ni necesaria para los fines del procedimiento, toda vez que otras cautelares menos intensas cumplen satisfactoriamente el riesgo señalado, como aconteció en la especie durante el tiempo que permaneció bajo privación total de libertad en su domicilio”, concluye.
Considerando estos antecedentes, la Corte resolvió revocar la resolución apelada el pasado 13 de marzo, pronunciada por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que mantuvo respecto de la imputada la medida cautelar de prisión preventiva, y en su lugar se sustituye por la privación de libertad total en el domicilio que se señale ante el Tribunal.
ANTECEDENTES DE LOS CASOS
Sobre uno de los casos de infanticidio, en octubre pasado el ente persecutor expuso que, entre agosto y principio de octubre de 2024, N.E.A.G., quien sabía meses antes que estaba embarazada, sin asistir a controles médicos, inició trabajo de parto, por lo que llenó la tina de su domicilio; lugar donde dio a luz a una niña, cortó el cordón umbilical, dejó a la recién nacida en el agua de la bañera y se fue a dormir.
Al día siguiente tomó el cuerpo inerte de la bebé, lo introdujo en una bolsa plástica y guardó en un refrigerador. El informe de la autopsia estableció que la niña falleció por asfixia por inmersión, minutos después del parto.
La imputada inició hace 14 años una convivencia con su pareja, relación de la cual nació, en diciembre de 2015, una niña que hoy tiene 9 años. Posteriormente la imputada quedó embarazada en, al menos, otras cinco ocasiones.
De estos embarazos nacieron cuatro niñas y un niño, quienes fallecieron por omisión de la madre, inmediatamente después del parto, o sea, repitió el modus operandis: La imputada metió los cuerpos en bolsas plásticas y los mantuvo congelados en un refrigerador, lo que, según el Servicio Médico Legal, dificultó establecer con exactitud la fecha de muerte de cada recién nacido.