
La Corte de Apelaciones de Coyhaique resolvió este miércoles revocar la libertad condicional concedida a Mauricio Ortega Ruiz, condenado por la brutal agresión contra Nabila Rifo en 2016, y ordenó su reingreso inmediato al Centro Penitenciario de Puerto Aysén.
La decisión judicial se adoptó tras acoger el recurso de amparo interpuesto por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (Sernameg), que cuestionó la legalidad del beneficio, argumentando que la víctima no fue debidamente notificada durante el proceso de evaluación.
En el fallo, el tribunal instruyó que la Comisión de Libertad Condicional deberá realizar una nueva sesión para revisar la solicitud de Ortega, asegurando esta vez la notificación previa y efectiva a la víctima, tal como lo exige la ley.
“Se ordena el reingreso del sentenciado Mauricio Ortega Ruiz al establecimiento penitenciario de Puerto Aysén, lo que deberá ejecutar una vez firme este fallo el Juzgado de Garantía de Coyhaique”, establece la resolución.
El agresor había sido liberado el pasado 7 de octubre, tras cumplir parte de su condena de 18 años de prisión por los delitos de lesiones graves, lesiones gravísimas y femicidio frustrado. La medida generó una fuerte controversia pública luego de conocerse que la notificación dirigida a Nabila Rifo se envió a una dirección perteneciente a Gendarmería, y no a su domicilio actual.
Ortega ha cumplido nueve años de reclusión y aún le restan más de ocho años de pena efectiva. El ataque que perpetró en 2016 —en el que golpeó brutalmente y dejó sin visión a Nabila Rifo— es uno de los casos de violencia de género más impactantes en la historia judicial chilena.
Con esta resolución, la Corte de Coyhaique restituye las garantías del debido proceso y los derechos de la víctima, reforzando la necesidad de que en causas de violencia extrema se respete la voz y participación de las mujeres afectadas.