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CORTE DE ARICA CONFIRMA SANCIONES POR FUNCIONAMIENTO ILEGAL DE MÁQUINAS TRAGAMONEDAS

La Corte de Arica confirmó unánimemente la sentencia que condena a una empresa por ejercer actividad económica sin patente municipal. La empresa fue sorprendida por funcionarios inspectores municipales con 49 máquinas tragamonedas en funcionamiento en un local ubicado en la calle 21 de Mayo N°371.

La sentencia, que fue confirmada por la Segunda Sala del tribunal de alzada, establece que la empresa debe pagar una multa de 245 UTM (equivalentes a $14.578.425 a marzo de 2024), cerrar el local por 30 días y entregar las máquinas tragamonedas en comiso. La resolución también destaca que la empresa no cuenta con patente municipal para ejercer la actividad económica, lo que vulnera el artículo 23 de la ley de rentas municipales y el artículo 7° de la ordenanza Municipal de Arica N°1/2014.

La defensa de la empresa había presentado un recurso de apelación, alegando que no se habían acreditado los hechos denunciados, que había errores de aplicación de normas y que la sentencia había sido dictada en extra petita (cuando se pronuncia sobre cuestiones que no fueron materia de la controversia y que no podían contemplarse de oficio). Sin embargo, la Corte de Arica rechazó estas alegaciones y confirmó la sentencia en todos sus términos.

En su fallo, la Corte de Arica señaló que «la denunciada no cuenta con patente municipal que la habilite para ejercer y desarrollar la actividad económica sorprendida por funcionarios inspectores municipales».

Además, destacó que «la documentación allegada a la causa, entre las cuales están las fotografías del lugar, todas apreciadas de acuerdo a las reglas de la sana crítica, arriba a la plena convicción que la denunciada no cuenta con patente municipal».

La resolución también rechazó la alegación de extra petita, señalando que «la alegación de extra petita pierde relevancia en este estado, toda vez que en el presente caso lo denunciado es la activación de comercio sin patente municipal, goza de facultades para sancionar aquello, como ha sucedido en la especie, sin perjuicio de que los funcionarios fiscalizadores nada han solicitado en cuento a su sanción».

Con esta resolución, la Corte de Arica confirma la sentencia que condena a la empresa por ejercer actividad económica sin patente municipal, y establece un precedente importante en materia de cumplimiento de la normativa municipal en la región de Arica.

Sofia Muñoz

Periodista con licenciatura en Comunicación Social. Fotógrafa motorsport amante del Rally y de las carreras de velocidad.

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