Tras la presentación de pruebas de la fiscalía de Iquique, el tribunal resolvió condenar a una joven conductora como autora de un cuasidelito de homicidio por su participación en un fatal atropello ocurrido el 30 de octubre del año 2020 y que afectó a un hombre de 58 años que cruzaba la calle en su silla de rueda.
Con la prueba presentada por el fiscal Juan Zepeda se dio por acreditado que el día de los hechos, cerca de las 18:00 horas, la acusada María Isabel Adaro Cartagena conducía un vehículo por calle Sotomayor, de oriente a poniente, y al llegar a calle Errázuriz efectuó una maniobra de viraje, no estando atenta a las condiciones del tránsito y no viendo que cruzaba por dicho lugar la víctima Julio Enrique La Hoz del Mar, de nacionalidad peruana, atropellándolo.
La víctima fue hospitalizada en el Hospital Regional de Iquique, sin que mejorase su estado de salud, falleciendo el 5 de noviembre de ese mismo año producto de un politraumatismo visceral y esquelético complicado causado por el atropello.
En el juicio, el fiscal presentó los testimonios de la hermana, que hace pocos días había llegado a Chile y fue quien llevó a la víctima al hospital junto a la acusada, indicando que ésta última se fue a los pocos minutos y nunca más supo de ella; de funcionarios de la Sección de Investigación Policial (SIP) de Carabineros que analizaron los videos de cámaras de seguridad, logrando identificar el vehículo y a su conductora; y de la Sección de Investigación de Accidentes de Tránsito (SIAT) que confirmaron que la causante del atropelló fue la acusada, ya que al virar pierde toda preferencia frente a los peatones que cruzan.
También declaró el médico legista que confirmó la causa de muerte y su relación directa con las lesiones provocadas por el atropello.
Terminado el juicio, y considerando que la acusada tenía una condena previa por otro delito, el tribunal resolvió condenarla como autora de un cuasidelito de homicidio a la pena de 540 días de presidio y la suspensión o inhabilitación pata obtener licencia de conducir por el plazo de dos años, otorgándole el beneficio de la reclusión nocturna domiciliaria.