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CON 18 VOTOS A FAVOR SENADO ENTREGA RESPALDO A ATENCIÓN PREFERENTE A PERSONAS CON DISCAPACIDAD

A tercer trámite pasó la propuesta que permitirá facilitar el acceso a bienes y servicios para otorgar prioridad a las personas con discapacidad, obteniendo 18 votos de los senadores a favor.

Es así como la sala aprobara la propuesta de artículo único que modifica la ley N° 20.422. Ahora, la Cámara Baja deberá analizar los cambios realizados por el Senado, dando paso a su tercer trámite.

De este modo, el senador David Sandoval explicó que la moción con suma urgencia fue analizada en detalle por los integrantes de la Comisión del Adulto Mayor y Discapacidad. Y agregó que “la idea es entregar atención preferente en todos los recintos públicos y privados, a todas las personas que tengan el carné que acredite discapacidad”.

Esto considerando que el 17% de la población de 2 años o más de nuestro país, tiene alguna discapacidad, lo que equivale a más de 3, 2 millones de personas.

En concreto, el proyecto espera entregar atención preferente a las personas que cuenten con credencial o certificado de discapacidad vigente emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación y sus cuidadores que cuenten con el certificado del Registro Nacional de Discapacidad, en todas las instituciones públicas y privadas que brinden atención al público.

 Así también en el texto del proyecto se indica que “se entenderá por atención preferente y oportuna, la adopción y aplicación de acciones y medidas que aseguren el derecho de las personas a recibir un trato digno y respetuoso en todo momento y en cualquier circunstancia, disminuyendo sus tiempos de espera”.

En el momento de la votación la Comisión del Adulto Mayor y Discapacidad realizó una serie de observaciones, tales como: entregar una definición de “atención preferente y oportuna”; especificar cómo se ejercerá el derecho por parte de personas cuidadoras de personas con discapacidad.

Además, de precisar cuáles son las instituciones públicas y privadas que brindan atención al público; y de ser necesario, incluir sanciones por incumplimiento para hacer efectiva la norma.

 Cabe recordar que hasta hoy esa atención preferente aplica en:

-Establecimientos de salud.

-Registro Civil.

-Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU)

-Fondo Nacional de Salud (FONASA).

-Chile Atiende.

-Servicio Nacional de Discapacidad (SENADIS).

-Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA).

-Banco Estado.

-Dirección de Crédito Prendario (DICREP).

-Correos de Chile.

-Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE).

-Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC).

-Oficinas del Registro Social de Hogares (RSH).

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