COMISIÓN DE LA CONVENCIÓN CONSTITUCIONAL APROBÓ DERECHO A HUELGA EN EL SECTOR PÚBLICO
La Comisión de Derechos Fundamentales aprobó este viernes -en particular- la norma que busca consagrar el derecho a la libertad sindical, pasando ahora al Pleno de la Convención Constitucional donde deberá ser ratificada para ser parte del borrador de la nueva Carta Fundamental.
Según el texto aprobado, esta norma comprende el derecho a la sindicalización, a la negociación colectiva y a la huelga, tanto a trabajadores privados como del sector público.
El propósito es poder reconocer y constitucionalizar situaciones que actualmente se dan solamente en los hechos, como que los empleados públicos que no se pueden organizar en sindicatos lo hacen en asociaciones de funcionarios.
Mientras que también podrán negociar colectivamente y convocar a huelgas legales, con excepción -detalló el escrito aprobado- de los funcionarios de las Fuerzas Armadas de Orden y de Seguridad Pública.
«El legislador no podrá prohibir la huelga. La ley sólo podrá establecer limitaciones a la huelga para atender servicios esenciales que pudieren afectar la vida, salud o seguridad de la población», es parte del escrito aprobado esta jornada.