El Sexto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago sentenció a Francisco Solar a más de 75 años de cárcel por la colocación de artefactos explosivos y otros delitos enmarcados en el denominado Caso Bombas II.
De acuerdo a lo señalado por el tribunal, Solar quedó inhabilitado para ejercer cargos públicos y perdió sus derechos políticos por la gran cantidad de delitos por los cuales fue condenado.
Se trata de dos anarquistas que se hicieron conocidos cuando fueron absueltos en el primer Caso Bombas realizado en el país. Luego, se fueron a España, donde sí fueron condenados y expulsados por un atentado explosivo en una basílica de Zaragoza.
Tras su regreso al país, volvieron a cometer delitos. Tras un juicio oral, se determinó que Solar es culpable del envío de un paquete bomba a la 54ª Comisaría de Huechuraba, el 24 de julio de 2019, desde una oficina de Correos de Chile de El Bosque. Este explotó al día siguiente, dejando ocho carabineros heridos.
El mismo 24 de julio también envió un paquete de similares características al grupo Quiñenco, dirigido personalmente al exministro Rodrigo Hinzpeter, pero la bomba fue desactivada a tiempo.
A ambos se les declaró culpables por la explosión de dos artefactos en el edificio Tánica de Vitacura, hecho ocurrido en febrero de 2020. Mientras que a Solar se le declaró culpable en calidad de autor, a Caballero se le condenó como cómplice.
PENAS
Para Solar se determinaron cuatro penas 12 años de presidio como autor de colocación y activación de artefactos explosivos. También deberá cumplir 15 y 12 años de presidio, como autor de homicidio frustrado de carabinero y homicidio frustrado.
Además, se le condenó a seis años por lesiones graves a carabineros, 600 días por lesiones menos graves a carabineros y cinco delitos de lesiones leves a carabineros por 100 días cada una. En total, todo suma 86 años.
Mientras que para Caballero se estableció una pena de 12 años de presidio como cómplice de dos delitos de colocación y activación de artefactos explosivos.
De acuerdo al juez, se conmutará el plazo que ya pasaron en prisión preventiva, como parte de la pena cumplida. Además, deberán cumplir la sentencia con cárcel efectiva.