
A partir del próximo jueves 15 de mayo de 2025 comenzará a regir en Chile la Ley 21.601, que obliga a todos los vehículos motorizados a tener sus patentes grabadas en vidrios y espejos.
La medida busca reducir el robo de piezas, especialmente de autos desmantelados para su venta en el mercado informal.
Cabe señalar que, la normativa establece que la patente debe estar grabada en al menos seis vidrios del vehículo (laterales, luneta y parabrisas), además de los dos espejos laterales. En vehículos con menos superficies, como motos, se exige el grabado en todos sus espejos.
El mismo Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), que impulsó la idea en primer lugar, explica en su sitio web que el tallado “es necesario para poder sacar la revisión técnica de tu vehículo” cuando corresponda.
En tanto, aquellos que compren automóviles nuevos no tendrán que preocuparse debido a que desde septiembre de 2024 estos ya vienen con el cambio desde las concesionarias.
Eso sí, más allá de los problemas que se podrían presentar en las plantas de revisión técnica (PRT) y en el trámite municipal posterior, no contar con el cambio en las superficies también tendría sanciones económicas.
Quienes sean sorprendidos sin el grabado se arriesgan a multas desde 1 a 1,5 UTM, es decir de $68.648 a $102.972 (valor actualiza a mayo).
Desde la fecha mencionada más arriba, los controles correrán a cargo de fiscalizadores, inspectores y funcionarios de Carabineros.
CARACTERÍSTICAS DEL GRABADO
- Que sea permanente. Vale decir, que haya implicado un desgaste al vidrio y espejo, más allá de la técnica utilizada (arenado, tallado, ácido, etc.)
- Que la letra sea legible, y en formato normal. Es decir, que no use elementos como cursiva o negrita. Y todo, siempre en mayúscula.
- Para las letras y dígitos de los vidrios, entre 7 y 10 milímetros de altura.
- Por su parte, en los espejos laterales, la altura deberá ser entre 5 y 10 milímetros.
DÓNDE VA EL GRABADO




Es importante indicar que los vehículos que determina el artículo 54 de la Ley de Tránsito (por ejemplo, aquellos de labores policiales o de FF.AA., o bien, vehículos extranjeros en tránsito temporal en el país), quedan exentos de esta solicitud.
Y, en el caso de vehículos que cuenten con su patente pintada en sus costados (como taxis o camiones), deberán realizar el grabado sólo en espejos laterales y parabrisas.
