
Este martes, la Contraloría General de la República (CGR), notificó la toma de razón del reglamento que busca regular a las empresas de aplicaciones de transportes, más conocida como “Ley Uber”.
Se trata de un acto administrativo histórico para el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), ya que permitirá dar curso a la próxima entrada en vigencia de esta normativa.
Después de tres intentos fallidos, el MTT logró sortear los reparos técnicos y obtuvo la aprobación oficial. Con esto se habilitó la implementación de un marco legal que regula plataformas como Uber, Cabify, DiDi y otras, estableciendo requisitos tanto para las empresas como para los conductores.
Desde la cartera de transportes indican que esta ley busca “igualar la cancha” con el resto del transporte remunerado de pasajeros. Por ello, para el ministro Juan Carlos Muñoz, la ratificación de la propuesta por parte de Contraloría “sin duda alguna nos permite cerrar un trabajo intenso realizado durante todos estos meses por nuestros equipos técnicos, y que siempre buscó avanzar en una propuesta que no solo permitirá regular una modalidad que ya operaba de facto, sino también bajo estándares de seguridad para conductores y pasajeros, además de establecer reglas claras y que ya existen para otros modos de transporte”, expresó.
Los pasos próximos a seguir son así: la ley entra en vigencia 30 días después que se publique en el Diario Oficial. Tras ello y, por un periodo de 6 meses, se abrirá el proceso de inscripción de las empresas, conductores y vehículos en el registro de conductores contemplado en la reglamentación.
Para ello, serán las empresas las que deberán coordinar con los conductores la solicitud de los requisitos con los cuales deberán cumplir para ser parte de las mismas, así como también de los autos que serán parte de su flota. Tras este periodo el parque de inscripción de conductores se congelará por 18 meses, a fin de analizar ya operando el funcionamiento de la ley. Terminado ese plazo, el MTT deberá emitir un informe que permita evaluar, por ejemplo, otras acciones.
Cabe señalar que la ley da un plazo de 12 meses para que los conductores con licencia clase B puedan obtener su categoría de «profesional»; aunque, si cumplido ese plazo no la obtuvieron, deberán ser borrados del registro.
CAMBIOS DE LA LEY UBER
Una de las primeras modificaciones que traerá la Ley Uber es que se creará un Registro Nacional de Empresas de Aplicaciones de Transporte (EAT), el cual se dividirá en regiones.
Asimismo, en el registro se deberán detallar las aplicaciones, los conductores y sus vehículos.
Así, si se está inscrito en la región Metropolitana, solamente se podrá trabajar en ese sector.
Además, la Ley Uber establece que las personas que trabajen como choferes deberán contar con licencia profesional, la que deberán presentar junto a su certificado de antecedentes y fotografía. Incluso, los conductores podrán tener dos autos a su nombre.
Una vez que se encuentren listos con el registro, los choferes se encontrarán obligados a portar en el parabrisas un sticker con código QR, el cual permitirá conocer la información personal, fotografía y aplicación para la que trabajan.
Los pasajeros que acepten la prestación irregular de estos servicios de transporte, serán sancionados con una multa de 1 a 3 UTM ($68.306 a $204.918).