En un fallo unánime, el Tribunal Oral en lo Penal condenó a Juan Miguel Soto Araya por el delito que hace referencia al delito de estupro donde se logró determinar que el imputado “mantuvo relaciones sexuales con una persona mayor de 12 años y menor de 18, abusando de su superioridad originada por cualquier relación o situación o sirviéndose de engaño”.
Como resolución se determinó que Soto Araya usó su posición de psicólogo para “abusar de la vulnerabilidad y adicción a las drogas” de una menor de 16 años, que se encontraba en un programa de desintoxicación.
Según la investigación, los actos de connotación sexual con la menor habrían ocurrido en su oficina, donde le pidió a la menor que le practicara sexo oral o “accediera carnalmente”.
Asimismo, el fallo relata que los abusos eran cometidos “a cambio de suministrarle dosis de clonazepam u otros medicamentos”, acciones que se reiteraron mientras la víctima estuvo en el programa de rehabilitación, hasta fines de diciembre de 2020.
Fuera de los 7 años de cárcel a los cuales fue condenado, se le aplicaron las accesorias legales de “inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de las costas del juicio”.
El condenado será vigilado por la autoridad hasta 10 años después de su condena y se le prohibió por 7 años realizar trabajos “en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad”.
Además, el tribunal ordenó la toma de muestras biológicas del sujeto para que sean incluidas en el Registro Nacional de ADN de Condenados.