
En una jornada negra para el matrimonio, el máximo tribunal del país desestimó de forma unánime el recurso de amparo de Joaquín Lavín León y reprendió con dureza la estrategia de su defensa técnica. En paralelo, el tribunal de alzada capitalino acogió la demanda civil de la Municipalidad de Maipú, permitiendo que se exija formalmente a Cathy Barriga la restitución de los $32.500 millones defraudados.
Una jornada judicial de proporciones y con un impacto político absoluto se vivió en los tribunales de la capital. En lo que se ha catalogado como un doble y simultáneo revés judicial, el matrimonio compuesto por el exdiputado Joaquín Lavín León y la exalcaldesa de Maipú, Cathy Barriga, vio cómo sus respectivas estrategias de defensa se desmoronaban ante los dictámenes de la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago.
Por un lado, el máximo tribunal de la República ratificó que el exparlamentario gremialista deberá continuar tras las rejas, mientras que, en paralelo, el tribunal de alzada metropolitano le abrió la puerta al municipio maipucino para perseguir civilmente el millonario patrimonio de la exjefa comunal, complicando radicalmente el panorama de la cuestionada pareja.
Portazo unánime a Lavín León y severo reproche a su defensa
A casi un mes de que el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago ordenara la prisión preventiva de Joaquín Lavín León (ex UDI) por los delitos de fraude al Fisco, tráfico de influencias, falsificación y uso malicioso de instrumento privado mercantil, su defensa intentó revertir la medida acusando una supuesta resolución «ilegal y arbitraria». Sin embargo, la Segunda Sala de la Corte Suprema despachó un fallo unánime que sepultó las aspiraciones del exlegislador, confirmando que deberá seguir recluido en el Anexo Cárcel Capitán Yáber.
El veredicto de la sala —integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, María Cristina Gajardo, Jorge Zepeda y la abogada integrante Pía Tavolari— validó con fuerza los argumentos del juez de primera instancia, Daniel Urrutia. “La resolución argumenta con suficiencia, no limitándose a un análisis general referido a la naturaleza y gravedad de los delitos, sino que al caso concreto y al contexto en que se verifican los hechos imputados”, reza el escrito.
La resolución incluyó además una dura prevención redactada por el ministro Leopoldo Llanos, quien fustigó en duros términos el actuar del abogado defensor, Cristóbal Bonacic. El magistrado acusó una «incongruencia» técnica impresentable, puesto que el jurista solicitó inicialmente sustituir la prisión preventiva en el recurso de amparo, pero mutó su estrategia en la apelación ante la Suprema, pretendiendo que se declarara ilegal la formalización completa. “Debe existir una coherencia mínima entre lo que se pide inicialmente y lo que constituye el petitorio del recurso de apelación, máxime si hay una defensa técnica”, sentenció el juez Llanos, desestimando también las quejas sobre el proceso de desafuero.
Cathy Barriga arriesga tener que devolver $32.500 millones de su bolsillo
Mientras la Suprema sellaba el destino carcelario del exdiputado, la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago asestaba un golpe igual de demoledor en contra de Cathy Barriga. El tribunal de alzada enmendó el rumbo fijado por el 9° Juzgado de Garantía, instancia que en enero de este año había rechazado de oficio la acusación particular civil presentada por la Municipalidad de Maipú.
Representados por BACS Abogados y el jurista José Pedro Silva, el municipio busca que la exalcaldesa enfrente no solo penas de cárcel, sino que se vea obligada a reintegrar y restituir la totalidad de los recursos públicos defraudados, cuyo perjuicio fiscal asciende a la astronómica cifra de $32.500 millones de pesos.
La Quinta Sala —compuesta por el ministro Alejandro Rivera, el ministro (s) Pedro Maldonado y la abogada Carolina Correa— revocó la exclusión civil de la exalcaldesa tras establecer de forma tajante que la intervención del juez de garantía carecía de base fáctica y jurídica. Con este dictamen, la millonaria demanda civil queda formalmente admitida e incorporada en la acusación, por lo que deberá ser conocida y discutida de forma obligatoria durante la crucial audiencia de preparación de juicio oral.




