
Un firme revés judicial recibió la administración habitacional en la puerta norte del país. La Corte de Apelaciones de Arica acogió un recurso de protección en contra del Servicio de Vivienda y Urbanismo regional, organismo que había excluido arbitrariamente a una mujer del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda. El tribunal de alzada determinó de forma categórica que la repartición estatal vulneró la igualdad ante la ley al aplicar un criterio asimétrico que puso en jaque el sueño de la casa propia de la afectada.
En fallo dividido, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros José Delgado Ahumada, Nora Bahamondes Acevedo y el fiscal judicial Juan Manuel Escobar Salas– estableció que las cuotas hereditarias cuestionadas no constituían un impedimento insubsanable, puesto que la recurrente regularizó por completo su situación antes de la resolución definitiva. Los magistrados criticaron con dureza la gestión pública, confirmando que la afectada cedió sus derechos mediante escritura pública en enero de este año, extinguiendo cualquier tipo de incompatibilidad administrativa.
La resolución judicial desnudó una grave e injustificada diferencia de trato al interior del programa de Gobierno. La afectada Katherine fue la única postulante despojada del beneficio habitacional por parte del servicio del Estado, a pesar de que otros dos beneficiarios de la Entidad Patrocinante DyM SpA se encontraban en su misma situación fáctica y jurídica de regularización, manteniendo de igual forma sus respectivos subsidios estatales.
Frente a la arbitrariedad, los ministros de la Corte cuestionaron que el organismo confundiera una cuota abstracta sobre un inmueble hereditario compartido entre seis coherederos con una propiedad habitacional efectiva, desnaturalizando por completo la política pública. Por tales motivos, el tribunal decretó que “al aplicar un criterio asimétrico, punitivo y restrictivo en contra de la recurrente, queda en evidencia un actuar mecánico y discriminatorio que conculca la Constitución Política de la República”, ordenando dejar de inmediato sin efecto las resoluciones exentas que consumaban la exclusión.




