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FALLO DIVIDIDO Y DURO REPROCHE ÉTICO: CORTE DE SANTIAGO ABSUELVE A JUEZ URRUTIA POR VIAJES AL EXTRANJERO CON LICENCIA MÉDICA PERO ACUSA «CONDUCTA INDEBIDA»

Por un estrecho margen de 14 votos contra 13, el tribunal de alzada desestimó aplicar sanciones administrativas al magistrado del Séptimo Juzgado de Garantía por sus traslados a Costa Rica y Ecuador durante periodos de reposo por estrés severo. No obstante, el dictamen fulminó su actuar, calificándolo como una «falta de la prudencia y mesura» al haber utilizado el beneficio estatal de forma funcional para viajar.

En una resolución que evidenció una profunda fractura interna, la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió esta semana absolver de sanciones administrativas al juez Daniel Urrutia Laubreaux, titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. El magistrado era objeto de una investigación disciplinaria liderada por la fiscal judicial Macarena Troncoso, a raíz de dos viajes internacionales realizados mientras se encontraba bajo los efectos de licencias médicas pagadas.

A pesar de librarse de las medidas disciplinarias solicitadas por la fiscalía judicial, el máximo tribunal capitalino no guardó condescendencia con el actuar de Urrutia. El fallo emitido incluyó una severa amonestación moral y técnica, advirtiendo que su comportamiento lesionó la imagen del Poder Judicial y se apartó de las obligaciones de rectitud exigidas para su alta investidura.

Los viajes bajo la lupa: De la CIDH a la medicina ancestral

La indagatoria administrativa abarcó las acciones del juez entre los años 2022 y 2024, analizando específicamente dos episodios de ausentismo laboral amparados en licencias por cuadros de estrés severo:

  • Enero de 2020 (Costa Rica): Urrutia viajó a San José para comparecer ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en el marco de una demanda internacional que él mismo interpuso contra el Estado de Chile, acusando la vulnerabilidad de sus derechos fundamentales en el ejercicio de su función jurisdiccional.
  • Octubre de 2022 (Ecuador): En un periodo en que, además, se encontraba suspendido de sus funciones debido a la polémica liberación de imputados asociados a desórdenes en el contexto del estallido social, el juez viajó a la localidad del Tena, en la Amazonía ecuatoriana, con el fin de someterse a lo que describió como un «tratamiento médico alternativo y complementario».

Ante los cargos formulados, la defensa del magistrado solicitó el sobreseimiento argumentando la prescripción de los hechos debido al tiempo transcurrido: más de cinco años para el primer viaje y más de tres para el segundo, antes del inicio formal de la investigación.

La acusación de la Fiscalía Judicial: «Aprovechamiento de prerrogativas públicas»

Tras analizar las pruebas, la fiscal judicial Macarena Troncoso propuso sobreseer a Urrutia por el viaje a Costa Rica, pero mantuvo una postura implacable respecto al traslado a Ecuador, para el cual solicitó una sanción de suspensión de funciones por dos meses con goce de medio sueldo.

Troncoso acusó formalmente al juez de infringir el artículo 544 n°8 del Código Orgánico de Tribunales, argumentando que incurrió en un «uso indebido de la licencia médica para fines no autorizados». En su informe, la fiscal estableció que es un hecho cierto que Urrutia no utilizó el reposo para el fin prescrito por la ley —la recuperación de la salud— sino para concretar un viaje al exterior para asistir a unas jornadas de medicina ancestral.

Asimismo, la persecutora judicial acusó una abierta transgresión al principio de probidad. El escrito de cargos apuntó a que el juez antepuso sus intereses personales sobre sus deberes de Estado, causando daño a la corporación judicial, considerando que «el Fisco debió solventar la integridad de sus remuneraciones por todo el período de reposo, sin tope ni limitación alguna, prerrogativa de la que solo gozan los funcionarios públicos y que debe ser utilizada con mesura».

Una Corte fracturada: El reproche de la mayoría

El debate en el pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago reflejó la polarización en torno a la figura de Urrutia. Respecto al viaje a Costa Rica, 15 de los 27 magistrados estuvieron de acuerdo en aceptar el sobreseimiento. Sin embargo, la tensión máxima se vivió al evaluar el viaje a Ecuador, donde la absolución se visó por apenas un voto de diferencia: 14 ministros contra 13.

Pese a evitar la suspensión de su sueldo, la mayoría redactó un duro reproche que quedó estampado en la sentencia: “Si bien existen antecedentes que permiten establecer que la licencia médica fue emitida en base a un diagnóstico real, lo cierto es que existió un incumplimiento al reposo prescrito en su domicilio, el que no tenía fundamento en un tratamiento recomendado por el emisor de estas”.

Para el tribunal de alzada, el comportamiento de Urrutia se opuso a la conducta recta, intachable y prudente esperable de un miembro de la judicatura, acusándolo directamente de haber actuado de forma estratégica: “Utilizó una licencia médica de forma funcional a su viaje, que le permitió no desempeñar sus funciones, pese a continuar percibiendo su remuneración y a no cumplir íntegramente su descanso, cuestión que no puso en conocimiento de la autoridad sanitaria”. El fallo concluye que el magistrado incurrió en un “comportamiento irregular, aprovechándose de un beneficio que solo tiene en razón de la función pública que desempeña”.

Quién es quién en la votación

El desglose de la votación dejó en evidencia los bloques de pensamiento dentro del tribunal de alzada de Santiago.

  • A favor de la absolución (14 votos): Las ministras Lilian Leyton, Carolina Brengi, Sandra Araya y Paula Rodríguez; los ministros titulares Juan Cristóbal Mera, Jaime Balmaceda y José Rodríguez; la ministra suplente Paola Díaz; y los ministros suplentes Fernando Guzmán, Pablo Toledo, Manuel Rodríguez, Matías de la Noi, Mauricio Rettig y Sergio Córdova.
  • A favor de la sanción (13 votos): Las ministras Marisol Rojas, Romy Rutherford, Graciela Gómez, Iara Barros, Jenny Book y Elsa Barrientos; junto a los ministros Alejandro Rivera, Guillermo de la Barra, Pedro Caro, Patricio Martínez, Tomás Garay, Rodrigo Schnettler y el ministro suplente Rodrigo Carrasco.

Dentro del bloque minoritario que exigía castigos para el juez, los magistrados Alejandro Rivera y Romy Rutherford lideraron la postura más dura, solicitando remitir los antecedentes al Ministerio Público y a la Isapre correspondiente, al estimar que existían indicios suficientes de un «provecho indebido del subsidio respectivo», abriendo la puerta a eventuales delitos de fraude.

Con esta resolución, el juez Daniel Urrutia retoma la total normalidad de sus funciones en el Séptimo Juzgado de Garantía, blindado administrativamente por la prescripción y el estrecho margen del pleno, pero cargando con un severo cuestionamiento ético por parte de sus propios pares de la magistratura.


“El actuar del magistrado evidencia una conducta indebida y una falta de la prudencia y mesura que se exige de quien desempeña un cargo en un tribunal de justicia, desatendiendo el compromiso que se espera de la función pública”, sentenció la Corte de Apelaciones de Santiago en su dictamen.

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