DIPUTADOS PRESENTAN ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL CONTRA EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
Lo anunciaron hace semanas y hoy se concretó: Un grupo de congresistas de oposición presentaron una acusación constitucional contra el ministro de Educación, Raúl Figueroa.
Los legisladores firmantes son Camila Rojas (Comunes), Juan Santana (PS), Camila Vallejo (PC), Rodrigo González (PPD), Tomás Hirsch (Acción Humanista), Esteban Velásquez (FRVS), Mario Venegas (DC), Cristina Girardi (PPD), Marcelo Schilling (PS), Pamela Jiles (PH), Gonzalo Winter (CS) y Marcela Hernando (Partido Radical).
Según indicó la diputada Rojas, «tenemos apoyo de las diferentes bancadas y vamos a trabajar para demostrarle cada uno de los argumentos que tenemos, de las infracciones que ha cometido el ministro, para que cada diputado de oposición y ojalá también de Chile Vamos acepten que acá ha habido infracción a las leyes y a la Constitución».
En tanto, la diputada Vallejo indicó que «el Ministerio de Salud no sólo no ha puesto más recursos, no ha adecuado las leyes y ha permitido la disminución de los recursos para dar continuidad y resguardo al derecho a la educación, tanto virtual como presencial».
En el documento se indica que el ministro habría «deliberadamente evitado introducir modificaciones legales para hacer frente a la pandemia, limitándose a la regulación actual y sus atribuciones, estrategia que no sólo ha demostrado ser insuficiente, sino que ha implicado que incurra en manifiestas irregularidades e ilegalidades».
Según argumentan, «la suspensión de clases presenciales y la continuidad de la educación por vía remota no vino acompañada de una adecuación de la normativa educacional, la cual está pensada en únicamente en modalidad presencial», agregando que esto ha terminado en que «muchos niños, niñas y adolescentes se encuentren sin un acceso adecuado a la conectividad lo que repercute en los aprendizajes, en grave estado de salud mental, de deserción escolar, entre otras situaciones».
Por ello, indican que el ministro habría infringido el artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) y los artículos 28 y 29 de la Convención de Derechos del Niño (CDN) consagran el derecho a la educación, el cual se encuentra también consagrado a nivel interno en el artículo 19 n° 10 de la Constitución, «tanto por obra como por omisión».
Otro de los puntos tocados en la minuta es el «actuar negligente» de la autoridad que ha afectado a las y los trabajadores de la educación, en materias como «la falta de regulación acerca de las clases online ha implicado que no exista regulación para las nuevas modalidades de trabajo que se han originado producto de la pandemia, teniendo como consecuencia una desprotección, sobrecarga y agobio laboral».
Del mismo modo también se refieren al retorno de clases presenciales, materia en donde se indica que «la inexistencia de medidas idóneas, que desatienden la desigualdad estructural en el sistema educativo, los déficit de recursos, medidas de protección para la comunidad educativa, son indiciarias de estos actos u omisiones antijurídicos».
«Frente a lo ya expuesto, el Ministro ha puesto en riesgo concreto a niñas, niños y adolescentes, infringiendo el artículo 19 Nº 1, el derecho a la integridad física y psíquica de las personas«.