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TIERRA ENVENENADA: SUPREMA CONFIRMA RESPONSABILIDAD DE ENGIE POR CONTAMINAR EL SUELO Y LAS AGUAS SUBTERRÁNEAS DE IQUIQUE

El máximo tribunal del país rechazó los recursos de casación de Engie Energía Chile y ratificó que la compañía provocó daño ambiental significativo en pleno corazón industrial de la Zona Franca de Iquique. Deberá restaurar el terreno contaminado y someter su plan de reparación al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), ante la magnitud del desastre.

Bajo la superficie seca y salina de Iquique, las aguas ya no son las mismas. Allí, donde alguna vez el viento olía a mar y metal, ahora reposa un legado invisible: hidrocarburos, aceites, residuos peligrosos y una mancha química que se filtró hacia las entrañas del suelo.

La Corte Suprema de Chile acaba de poner punto final a un extenso litigio ambiental, confirmando —sin titubeos— que Engie Energía Chile S.A. es responsable de la contaminación significativa en el recinto industrial de la Zona Franca de Iquique (ZOFRI), producto de las operaciones de su central diésel CDI en el sitio 92-A.

El fallo, dictado el 23 de octubre de 2025, no solo ratifica la sentencia del Primer Tribunal Ambiental, sino que además impone una exigencia histórica: la empresa deberá someter su plan de remediación al SEIA, el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, debido a la magnitud y extensión del daño causado. En términos simples, la Corte ha dicho que la herida ambiental es tan profunda, que no puede repararse en silencio ni puertas adentro.

Una verdad enterrada bajo toneladas de tierra contaminada

Durante años, el conflicto fue un rumor entre técnicos y abogados. La central diésel de Engie, que funcionó a escasos metros del corazón de la ZOFRI, fue señalada por la propia administración de la Zona Franca como la fuente de un desastre silencioso: la infiltración de hidrocarburos al suelo y a las napas subterráneas.

Las pericias ambientales confirmaron lo que el olfato y los registros industriales ya sospechaban. Bajo la planta, las muestras revelaron concentraciones alarmantes: aceites, grasas y compuestos cancerígenos conocidos como HAPs, a niveles miles de veces superiores a los límites permitidos por la norma chilena.

“Desde 2017, el agua del acuífero costero comenzó a infiltrarse en el subterráneo de la sala de máquinas”, señala la investigación citada en el fallo. “El líquido se contaminó progresivamente, hasta alcanzar concentraciones de hidrocarburos fijos que superaban las normas en más de un 900%”.
La sentencia describe un escenario desolador: aguas envenenadas, suelos saturados, residuos industriales que permanecerán activos “por al menos una o dos décadas”.

Engie se defendió, pero la Corte fue tajante

La compañía presentó todos los recursos posibles. Alegó “errores en la valoración de la prueba científica”, acusó “falta de fundamentación” y sostuvo que el incendio ocurrido en 2022 había distorsionado los resultados. Incluso intentó culpar parcialmente a la misma ZOFRI, sugiriendo una “responsabilidad compartida”.

Pero la Corte Suprema no compró la narrativa. En un fallo extenso y categórico, desechó tanto la casación en la forma como en el fondo, señalando que no existieron vicios procesales ni errores de derecho.

El tribunal fue claro: la contaminación no fue producto del azar, sino de “omisiones en el manejo de residuos” por parte de Engie, que “no adoptó las medidas preventivas necesarias” para evitar el daño.

Y la estocada final vino cuando el máximo tribunal enfatizó que el daño fue exclusivamente causado por Engie, descartando cualquier coautoría o responsabilidad solidaria de la ZOFRI. “La afectación al componente agua y suelo deriva de la exclusiva responsabilidad de la empresa, precisamente, en el ejercicio de su particular actividad”, sentenció la Corte.

Un plan de reparación bajo escrutinio ambiental

El fallo no solo impone sanciones simbólicas. Engie deberá restaurar el medio ambiente dañado, presentando un Plan de Remediación integral que será evaluado públicamente por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Esto significa que la limpieza del terreno contaminado será fiscalizada y sometida a escrutinio ciudadano, como cualquier proyecto industrial nuevo.

Según lo dispuesto, el área afectada supera los 10.000 metros cuadrados, lo que activa la obligación legal de ingresar al SEIA. Un hito en materia de justicia ambiental, pues pocas veces un fallo obliga a una gran empresa energética a reparar materialmente el daño causado a un ecosistema urbano.

El peso simbólico de la sentencia

Más allá de lo jurídico, el fallo de la Suprema marca un precedente moral. En una región históricamente castigada por la minería, la salinidad y la sobreexplotación de recursos, el caso Engie vs. ZOFRI expone una herida moderna: la contaminación industrial encubierta bajo los cimientos del progreso.

El mensaje del máximo tribunal es claro: el desarrollo económico no puede pisotear el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, derecho consagrado en la Constitución chilena.
Y aunque la sentencia no devuelve el agua limpia ni las arenas prístinas del norte, sí abre una puerta simbólica a la justicia ambiental efectiva, aquella que no se mide en multas, sino en la obligación de reparar lo dañado.

Una lección que trasciende Iquique

En el desierto, donde cada gota cuenta, la historia de Engie deja una marca que va más allá del suelo contaminado: un recordatorio de que la impunidad ambiental ya no tiene espacio en Chile.

La Suprema habló con claridad: los responsables deberán limpiar lo que ensuciaron.
Y en esa decisión —fría, judicial, pero profundamente humana—, resuena la voz de un país que empieza a mirar bajo la superficie de su propio desarrollo.

Revisa aquí la sentencia de la Corte Suprema:

Belén Pavez G., Periodista y Locutora. Licenciada en Comunicación Social. Productora general y Directora de prensa en Vilas Radio. Música y Cat lover.

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