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93% DE CONSTRUCCIONES EN POZO ALMONTE NO CUENTAN CON PERMISO DE EDIFICACIÓN

Una serie de irregularidades constató Contraloría en la comuna de Pozo Almonte en su Informe Final N°430 – 2023, donde detalla que 3.010 predios de los 3.240 fiscalizados, es decir, casi el 93%, que presentan construcciones en el área rural y de extensión urbana, carecían del permiso de edificación.

Asimismo, se advirtió que 129 predios con construcciones no tenían un rol asignado, mientras en la localidad de Mamiña había construcciones con características habitacionales emplazadas en zonas de riesgos de deslizamiento, derrumbe, activación de quebradas e incendio; 16 predios mantenían edificaciones con características no residenciales tales como galpones o cobertizo, que no cuentan con la calificación de la Secretaría Regional Ministerial del Servicio de Salud; y por último, la presencia de construcciones con tasaciones fiscales desactualizadas.

El informe señala que «teniendo en cuenta la gran cantidad de construcciones irregulares en los aspectos citados, las acciones correctivas que tenga que realizar la Municipalidad de Pozo Almonte requieren de la implementación de medidas a mediano plazo, motivo por el cual deberá ese municipio establecer un plan de trabajo tipo cronograma/carta Gantt, donde se describan las actividades, plazos y documentos de respaldos, con el fin de solucionar las deficiencias detectadas, en un plazo no superior a 6 meses de duración, lo que deberá remitir a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en un lapso de 30 días hábiles».

Referente a este punto, Contraloría solicitó al municipio pozoalmontino que deberá instruir un procedimiento disciplinario, tendiente a determinar las eventuales responsabilidades administrativas que pudieran derivarse de las situaciones representadas, remitiendo el acto administrativo que así lo disponga a la Unidad de Seguimiento de Fiscalía de esta Entidad de Control, en el plazo de 15 días hábiles, contado desde la recepción de este informe.

DIVISIONES Y CAMINOS

El servicio fiscalizador, además determinó que en el área rural de la comuna de Pozo Almonte se han producido divisiones interiores de predios que tienen como origen un contrato de cesión de derechos, generándose lotes cuya superficie predial es inferior a 5.000 m2.

Se determinó la materialización de porciones de terrenos que poseen aperturas de caminos informales de circulación y edificaciones que no poseen las autorizaciones respectivas para subdividir y urbanizar terrenos rurales, y no cuentan con permisos de edificación. Lo descrito ha generado la conformación de nuevas poblaciones emplazadas en el área rural que no cumplen con la superficie predial mínima, con las normas de edificación, ni urbanización, dotación de servicios básicos de electricidad, agua potable y alcantarillado, pavimentación y aguas lluvias y obras de ornato, según indica el artículo 1°, del decreto N° 3.516 de 1980, que Establece Normas Sobre División de Predios Rústicos, del Ministerio de Agricultura, y los artículos 134 y 55 de la LGUC, que señala que fuera de los límites urbanos no será permitido abrir calles, subdividir para formar poblaciones, ni levantar construcciones.

En ese aspecto, la Municipalidad de Pozo Almonte y la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, región Tarapacá, en adelante SEREMI MINVU, con el fin de regularizar las propiedades detalladas en el Anexo N° 6, deberán establecer un plan de trabajo tipo cronograma/carta Gantt, donde se describan las actividades, plazos y documentos de respaldo, a las medidas propuestas en sus respuestas, en un plazo no superior a 6 meses de duración, lo que deberá remitir a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en un plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción del presente informe.

Del mismo modo, considerando que dichas situaciones podrían revestir caracteres de delito, según lo dispuesto en el artículo 138 de la LGUC, esta Entidad de Control procederá a remitir el presente informe a la Fiscalía Regional del Ministerio Público de Tarapacá.

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